Gobierno publica ley para garantizar financiamiento de ollas Comunes
Hoy se publicó la ley que garantiza la sostenibilidad de las ollas comunes y establece que el Midis podrá financiar la compra de alimentos.
Hoy el Gobierno publicó la Ley N.º 31458, que reconoce a las ollas comunes, garantiza su sostenibilidad y financiamiento.
La iniciativa, aprobada a inicios de abril en el pleno del Congreso, busca reconocer a las ollas comunes como organizaciones sociales de base a fin de garantizar su financiamiento y fomentar el trabajo productivo de sus beneficiario
El proyecto aprobado señala que estas ollas comunes pueden ser de carácter temporal o permanente, y pueden activarse durante emergencias naturales, sanitarias o circunstancias graves.
Con esta ley, los gobiernos locales, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) y a otros ministerios están autorizados a realizar modificaciones presupuestarias y destinar recursos para financiar total o parcialmente la adquisición y distribución de alimentos dirigidos a las ollas comunes.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) también podrá habilitar con recursos presupuestales al Midis para realizar la adquisición de alimentos a estas iniciativas ciudadanas, mediante el programa Qali Warma.
En estos casos el Midis deberá informar trimestralmente a la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad del Congreso sobre las compras y entrega de alimentos a las ollas comunes.
"De manera excepcional, cuando se requiera, para la financiación de la participación de las Fuerzas Armadas en el traslado de los bienes (productos o alimentos) se aplica lo previsto en la normativa vigente según la disponibilidad presupuestal citada en el presupuesto del sector público para el año fiscal respectivo", agregan.
Para esto, las ollas comunes beneficiarias deben encontrarse debidamente registradas en el Registro Único Nacional de Ollas Comunes.
Además de esto, estas iniciativas podrán continuar con el autofinanciamiento y las donaciones a cargo del sector privado.
Cabe recordar que los beneficiarios de las ollas comunes son principalmente madres de familia y mujeres que operan en los comedores populares y en las ollas comunes, asimismo las personas que se encuentren en estado de vulnerabilidad, especialmente las personas con discapacidad.
En un plazo de 30 días hábiles contados a partir de la publicación de la norma, desde hoy, el Poder Ejecutivo deberá aprobar el reglamento de esta ley.
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