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viernes, 26 de junio de 2020

AMARTYA SEN: ÉTICA y ECONOMÍA: Principios eticos y economía

AMARTYA SEN: ÉTICA y ECONOMÍA 
La ruptura con el bienestarismo y la defensa de un consecuencialismo amplio y pluralista

Principios eticos y economía (En torno a la posición de Amartya Sen) 
Dussel, Enrique
Signos Filosóficos, núm. 6, julio-diciembre, 2001, pp. 133-152
Universidad Autónoma Metropolitana Unidad Iztapalapa
Distrito Federal, México


Este trabajo se realizó dentro del Proyecto de Evaluación de la Red de Solidaridad a cargo del CIDER y Reunirse.

Resumen 
Hernández, Andrés. "Amartya Sen: ética y economían , Cuadernos de Economía, v. XVXX, n. 29, Bogotá, 1998, páginas 137-162. 

Este ensayo presenta dos aportes de Amartya Sen a las discusiones sobre ética y economia. 

Primero, su ruptura con la ética utilitarista y bienestarista -fundamento de la economia normativa- y su llamado a modificar la métrica de la utilidad, único 'ámbito de información' que estas tradiciones normativas usan para juzgar el bienestar individual y social, es decir, las oportunidades de las personas, el impacto de las politicas públicas y el éxito de las organizaciones sociales. 
Segundo, su propuesta de un esquema de valoración que trascienda la concepción estrecha del utilitarismo, que no caiga en el relativismo ético y que incorpore el análisis de los derechos y las libertades reales sin acoger el razonamiento moral deontológico. 
Con ello, se muestra que una de sus mayores contribuciones a la economia normativa es su esfuerzo por elaborar un marco de evaluación moral pluralista y consecuencialista (basado en las consecuencias) que abandone el criterio de utilidad, permita evaluar el grado de libertad real de las personas y admita la posibilidad de una moral 'objetiva' sensible a los planes de vida de los individuos y al cumplimiento o incumplimiento de sus derechos. Abstract Hernández, Andrés. "Amartya Sen: Ethics and Economicsn, 

This essay presents two contributions of the Amartya Sen to the debates over ethics and economics. First, his break with utilitarianist and welfarist ethics -the foundation of normative economics- and his call to modify the metrics of utility, the only 'field of information' that these normative traditions use to judge individual and social welfare, that is, people's opportunities, the impact of public policies and the success of social organizations. Second, his proposal for a valorization scheme that transcends the narrow conception of utilitarianism, which does not fall into ethical relativism and which incorpora tes the analysis of real rights and freedoms without taking refuge in deontological moral reasoning. With that, he demonstrates that one of his greatest contributions to normative economics is his effort to construct a framework for pluralist and consequentialist (based on consequences) moral evaluation, which abandons the criterion of utility, allows the evaluation of the level of people's real freedom, and admits the possibility of a moral 'objective' sensitive to the life plans of individuals and to the achievement or fail of their rights.


EL PROBLEMA

Este artículo comenta las limitaciones que Sen encuentra en el utilitarismo y en los' enfoques bíenestaristas' cuando se usan para juzgar las ventajas de las personas,' y expone sus argumentos en favor de una valoración moral consecuencialista más amplia2 

Sen sostiene en varios escritos que la ética utilitarista y el razonamiento moral bienestarista son enfoques limitados e inadecuados para la valoración ética debido a las restricciones informacionales que imponen a la hora de juzgar los intereses y ventajas de las personas.3 Pese a que han desarrollado todo un arsenal técnico para medir y calcular el bienestar esas visiones han avanzado muy poco en una elaboraciónmás amplia del bienestar en cuanto mantienen la concepción estrecha de los seres humanos y de sus sentimientos de la tradición utilitarista [Sen 1985, cap. 1; 1987, cap. 2; 1997, 39-107; YHahnn YHollis 1986, 6]. 

También afirma que su predominio en la economía normativa ha empobrecido la valoración moral consecuencialista, pero considera que la solución no es abandonar esta línea de argumentación y acoger el razonamiento deontológico. Rechaza la ética utilitarista y bienestarista sin acoger las teorías morales deontológicas basadas en los derechos y las libertades, y dedica sus esfuerzos a elaborar un análisis consecuencialista que incorpore el cumplimiento y el incumplimiento de los derechos y las libertades en la evaluación de los estados sociales y de las acciones institucionales, y que admita la relatividad del evaluador al juzgar los resultados, es decir que reconozca que personas diferentes evalúan en forma diferente un mismo estado de cosas. 

Considera posible una valoración moral consecuencialista que reconozca que la libertad y los derechos tienen importancia intrínseca en la vida de las personas. Cree en la necesidad de una evaluación basada en las consecuencias, que incluya los valores del agente, es decir, que acepte que la posición del agente debe ser incluida en la valoración de los estados. También cree posible una valoración consecuencialista que acepte que las ventajas de las personas deben ser juzgadas por la amplitud y extensión de la libertad de que gozan y no sólo por los bienes que poseen o por la utilidad que les proporcionan. 

Este ensayo se refiere, entonces, a dos debates abiertos por Amartya Sen: el primero, relacionado con el bienestar o utilidad como dimensión pertinente para la evaluación moral; y el segundo, con la valoración moral consecuencialista como razonamiento moral superior al deontológico. 
En la primera sección se reconstruyen los argumentos que cuestionan la validez y la pertinencia de las corrientes utilitaristas y bienestaristas como enfoques para valorar las ventajas personales, el éxito de las organizaciones sociales y la bondad de las políticas públicas. 
En la segunda se exponen algunas razones que muestran la superioridad de la argumentación moral consecuencialista frente a la deontológica.

Para Sen, el enfoque bienestarista y el enfoque deontológico basado en restricciones -que trata los derechos como restricciones a las acciones y considera que estas restricciones no se deben violar aunque su violación lleve a estados mejores - son inadecuados e insuficientes porque niegan que el cumplimiento o el incumplimiento de los derechos deben formar parte de la evaluación de los estados de cosas y se pueden usar para analizar las consecuencias de las acciones [Sen 1982b, cap. 1]. 

En particular critica los enfoques deontológicos que no consideran las consecuencias en la valoración de las acciones, cuyas visiones de los derechos son más estrechas o cuestionables, como la teoría de la justicia de Nozick, una teoría de títulos basada en una serie de derechos de propiedad, transferencias y rectificación que juzga correctos los resultados (independientemente de que sean justos o injustos) si se respetan las reglas de propiedad y transferencia. Más en general, critica todos los enfoques deontológicos que imponen restricciones inflexibles a las acciones sin importar las consecuencias y resultados de dichas acciones. Se pregunta, por ejemplo, si la distribución de posesiones sería moralmente aceptable aunque tuviera consecuencias desastrosas y considera inadmisible una respuesta positiva. Los enfoques deontológicos que rechazan la incorporación del análisis de los efectos en elrazonamiento moral --como el de Nozick- se diferencian de otras teorías deontológicas, como la de Raw1s,para quien es necesario: 

señalar que las teorías deontológicas se definen como no teleológicas, es decir, no como teorías que caractericen la corrección de las instituciones y de los actos independientemente de sus consecuencias. Todas las doctrinas éticas dignas de atención toman en cuenta las consecuencias al juzgar la corrección. Si alguna no lo hace así, sería irracional [Rawls 1979,48]. 

Así, aunque Rawls se inscribe en la tradición deontológica, cree que para que una doctrina ética sea aceptable, debe tomar en cuenta las consecuencias al juzgar los principios y las acciones. Su teoría considera las consecuencias; por ello, lo que Sen cuestiona en Rawls es la métrica ~ue propone para juzgar el bienestar de las personas: los bienes básicos4. 

¿ES EL BIENESTARISMO ADECUADO PARA LA VALORACION MORAL? 

DEFICIENCIAS DEL BIENESTARISMO y DE LA ÉTICA UTILITARISTA 

Una de las contribuciones de Sen a la economía normativa y a la filosofía moral es la crítica que hace a los enfoques utilitaristas y bienestaristas: que han empobrecido el razonamiento moral consecuencialista, el cual constituye el fundamento de la economía normativa y de las teorías de evaluación económica y social bienestaristas. En esta sección se intenta reconstruir algunos de los argumentos que lo llevan a concluir que tales enfoques son inadecuados, insuficientes y poco pertinentes para la valoración moral y económica. 

¿La principal debilidad de la ética utilitarista y bienestarista es la imposibilidad de realizar comparaciones interpersonales de utilidad? 

La tradición económica del bienestar ordinal rechaza el supuesto utilitarista de la posibilidad de hacer comparaciones interpersonales de bienestar. Su principal crítica al utilitarismo consiste en afirmar que no es posible medir con una misma escala la utilidad que individuos diferentes atribuyen a opciones diversas. Puesto que no se puede medir la intensidad de la utilidad que las personas atribuyen al consumo de bienes y servicios, para la economía ordinal es también imposible hacer comparaciones interpersonales de utilidad al evaluar moral y económicamente los estados sociales resultantes del intercambio económico y de las acciones del gobierno. 

Igual que los teóricos de la economía del bienestar ordinal, Sen juzga inadecuada la tradición utilitarista clásica porque se fundamenta en dos creencias falsas: el supuesto de que cualquier placer o utilidad se puede medir y cuantifican y la creencia en que los placeres se pueden valorar y comparar de acuerdo con sus intensidades respectivas. Coincide con la teoría ordinal en la tesis de que una gran debilidad de la ética utilitarista es la imposibilidad de obtener la información necesaria para hacer comparaciones ínterpersonales de utilidad, por cuanto es imposible medir las intensidades de utilidad que los individuos experimentan con el consumo de los diferentes bienes y servicios [1997,46-48]. Pero se distancia de la teoría ordinalista en dos aspectos: el primero, es que a diferencia de ella, da importancia a las comparaciones interpersonales cuando se juzga el impacto de las políticas públicas y se elige la política económica; y, además, la critica afirmando que el rechazo a la posibilidad de realizar comparaciones interpersonales empobrece aún más la ética bienestarista y la argumentación consecuencialista5 Sen considera que si se cambia la métrica de bienestar de las personas (abandonando las preferencias como métrica valida) es posible introducir comparaciones interpersonales. 

Afirma, además, que si bien es válida la tesis de que es imposible hacer comparaciones interpersonales de manera' científica' sin que intervengan los juicios de valor; también ha llevado a que muchos economistas creyeran, erróneamente, que la ética y los valores no son más que proposiciones 'sin sentido' o 'absurdas' y que deben ser desterradas de la economía normativa. Considera que este recelo a utilizar la ética en la economía ha encerrado a la economía del bienestar en una caja demasiado estrecha y ha afectado los resultados de la economía predictiva, por cuanto no permite que las ideas de la economía del bienestar influyan en ella, dado que supone que el comportamiento humano sólo se basa en el egoísmo, sin que sea afectado por consideraciones éticas [Sen 1987, cap. 2]. 

En cuanto defiende la necesidad de las comparaciones interpersonales, rechaza la solución de la economía del bienestar ordinal de remplazar la métrica de la 'utilidad cardinal' por la métrica de las 'preferencias ordinales' para juzgar el bienestar de las personas. Y propone una nueva métrica para juzgar el bienestar y hacer comparaciones interpersonales: las realizaciones, funcionamientos y capacidades de los individuos."6

También se distancia de las teorías ordinalistas en que no comparte la tesis de que la imposibilidad de hacer comparaciones interpersonales es la principal y mayor debilidad de la ética utilitarista. Aceptar que ésta es su mayor debilidad significa ignorar y no cuestionar las restricciones informacionales que impone el concepto de utilidad -independientemente de cómo se lo defina: placer, felicidad, satisfacción de preferencias- al evaluar el bienestar y los intereses de las personas. Considerar que las preferencias de los individuos son la métrica correcta para evaluarlos implica adoptar una visión muy pobre y estrecha del bienestar, y lleva a ignorar muchos aspectos relevantes. 

¿El problema de los gustos ofensivos y caros es la principal limitación de la ética utilitarista? 

Una de las objeciones de Rawls al utilitarismo y albienestarismo, que se conoce como crítica de los gustos ofensivos, dice que la principal limitación del utilitarismo es su falta de respeto por los individuos cuando se juzga el bienestar social. Para el utilitarismo clásico, una persona no es valiosa y digna de protección por derecho propio; es, más bien, sólo una 11 gota en el océano de la utilidad social" [Elster 1995,239]. Respecto al utilitarismo, RawIs afirma que: 

Al calcular el balance máximo de satisfacción, no importa -excepto indirectamente-- cuál sea el objeto de su deseo. Debemos organizar las instituciones de modo que obtengamos el mayor total de satisfacciones; no hacemos preguntas acerca de su origen o cualidad, sino sólo cómo afectaría su satisfacción el total de bienestar ..Así, si los hombres obtienen placer discriminándose mutuamente, o sometiendo a los demás a un grado menor de libertad como medio para aumentar su propia estima, entonces debemos considerar la satisfacción de estos deseos en nuestra deliberación junto con los demás, valorándolos según su intensidad u otro criterio [Rawls 1971, 30-31]. 

De ese modo, Rawls dice que la mayor debilidad del utilitarismo es la de considerar válidos, para la maxirnización del bienestar social, a los' gustos ofensivos', como·por ejemplo al placer de las' privaciones ajenas'. Ysostiene que la satisfacción de una persona cuando discrimina a otras no debe ser equiparada a otras satisfacciones en el cálculo de la justicia. Desde el punto de vista de la justicia, ese placer merece ser condenado. Por esta limitación, la ética utilitarista queda conceptualmente incapacitada para distinguir entre deseos legítimos e ilegítimos. 

Sen, por su parte, afirma que si bien este argumento es válido contra el utilitarismo y contra la suficiencia de la información sobre la utilidad para hacer juicios morales -y, por ende, contra el bienestarismo en general- utiliza "un principio innecesariamente fuerte"; y cree posible rechazar el bienestarismo aun en el caso de que se acepte que los placeres de la 'privación ajena' no sean intrínsecamente malos y ni siquiera se tengan en cuenta. Aun en este caso, se puede rechazar el bienestarismo a partir de la crítica planteada por la teoría ordinalista: la falta de paridad entre las distintas fuentes de utilidad o la imposibilidad de realizar comparaciones interpersonales de utilidad [Sen 1988, 146]. 

En suma, Sen considera válida la crítica de Rawls al utilitarismo por su menosprecio de los derechos humanos y las responsabilidades y compromisos personales7 pero sostiene que el bienestarismo tiene deficiencias aún mayores.

La principal limitación del bienestarismo: 
las restricciones informacionales 

Para Sen, la mayor limitación del bienestarismo proviene de adoptar la métrica de la 'utilidad' como único "ámbito de información moral" para evaluar las ventajas de las personas, la justicia de las instituciones y la bondad de las políticas públicas. Esta métrica impone restricciones al uso de información distinta del placee la felicidad y la satisfacción de los deseos cuando se juzga el provecho de las personas y se valoran las consecuencias de las acciones institucionales. La mayor limitación normativa de estos enfoques proviene, entonces, de su metodología 'monista', que define un único 'ámbito de evaluación': el bienestar o la utilidad. La imposición arbitraria de esta metodología excluye muchos aspectos importantes en la vida de las personas. Como se muestra a continuación, esta uniformidad valorativa es común a todas las corrientes y variantes del utilitarismo y del bienestarismo: para el utilitarismo clásico, el bienestar agregado -o utilidad total- es el criterio principal para juzgar la bondad de las políticas y el éxito de las instituciones sociales; la suma de las utilidades individuales mide el bienestar social y los estados sociales alternativos se ordenan según el valor de esa suma. Para esta tradición, el 'ámbito de evaluación' pertinente para las comparaciones interpersonales es la utilidad y el criterio de elección entre estados y políticas es 'la maximización de la utilidad del mayor número'. La importancia de otros valores, como la igualdad o la libertad, es sólo instrumental, se deriva de la maximización del bienestar social y queda subordinada a la utilidad como 'ámbito de evaluación' o información moralmente relevante. Por su parte, la economía del bienestar ordinal-que abandona las comparaciones interpersonales de utilidad- también supone la uniformidad descriptiva de lo que se valora, pese a que propone nuevos criterios de elección social: el óptimo de Pareto, los test de compensación y las funciones de bienestar social. Todos ellos se definen en el' espacio de las utilidades', ignorando así los ámbitos de las 'oportunidades', las 'libertades' y los' derechos'. También ignoran otros aspectos morales relevantes en la vida de las personas a la hora de hacer elecciones sociales, como la autonomía y la autoestima. 

El criterio de Pareto como norma de la optimalidad social es una estrategia que lleva al extremo la lógica utilitarista y, con ella, la estrecha y pobre concepción para valorar las ventajas de las personas en función exclusiva de la utilidad que les deparan los bienes que consumen,"8 El criterio de Pareto, como toda la tradición utilitarista, supone que el único ámbito de valor relevante para las evaluaciones económicas y sociales es la utilidad individual. La idea de que el óptimo social exige el óptimo de Pareto se basa en la idea de que si un cambio es provechoso para cada individuo -en cuanto aumenta su utilidad- es bueno para la sociedad, para el bienestar social. ASÍ, cuando se cuestiona la identificación del provecho y de la ventaja personal con la /utilidad', el criterio de Pareto pierde su carácter de condición necesaria para la optimalidad social [Sen 1987, cap. 2]. 

En este contexto, se puede afirmar que la uniformidad valorativa que asume la ética paretiana como criterio de elección y ordenamiento social constituye una limitación importante que se suma a las demás críticas que se le han hecho. Sen, igual que otros críticos del óptimo de Pareto, muestra las limitaciones de este criterio para definir el óptimo social. Afirma que es muy limitado para valorar el óptimo social en la medida en que centra completamente la valoración en la utilidad sin prestar atención a las consideraciones distributivas.9. Reconoce, sin embargo, que al oponerse a las comparaciones interpersonales e imponer como regla única de elección social el/óptimo de Pareto',la tradición ordinalista obtuvo un resultado tan interesante como el de la formulación de los dos teoremas de la economía del bienestar; pero que a pesar de este éxito y de su importancia general, el su contenido ético es escaso.l0"


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1 Para las teorías bienestaristas, "la única consideración pertinente para la asignación de bienes a los individuos es el modo en que afectan el bienestar o la utilidad -estos términos se utilizan aquí como sinónimos-- de los individuos" [Elster 1994, 225]. Para los enfoques bienestaristas, por tanto, la bondad de los estados sociales debe juzgarse sólo en función de la utilidad que las personas obtienen en tales estados. Las teorías del bienestar cardinal y ordinal son sus variantes más importantes. 
2 En teoría moral hay dos procedimientos básicos de fundamentación: el consecuencialista, que evalúa la bondad de una acción o de una institución por sus consecuencias, y el deontológico, que evalúa un estado de cosas o una acción por los principios que encama o lo inspiran. Por ejemplo, una defensa deontológica del mercado no invoca los resultados benéficos del mercado y no apela a la eficiencia, sino que acude a ciertos principios, como la libertad, y afirma que la mejor cristalización de estos principios es el mercado. Las teorías deontológicas de la justicia se limitan a establecer un conjunto de procedimientos y restricciones cuya observancia haría justa a una sociedad, independientemente de los resultados [Ovejero 1994, 17]. 
3 A grandes rasgos, Sen distingue dos formas de ver los intereses de una persona y la satisfacción de sus intereses, a los que llama 'bienestar' y 'ventaja', respectivamente. El bienestar se refiere a los logros de la persona, a que tan bien está realmente; la ventaja, a sus portunidades en comparación con otras personas. Las oportunidades no se juzgan sólo por los resultados que ésta logra y, por ende, por el nivel de bienestar que alcance. De modo que la libertad para alcanzar el bienestar es más cercana al concepto de ventaja que al bienestar propiamente dicho [Sen 1985, cap. 1].
4 Debo a Jorge Iván González la sugerencia de esta aclaración sobre los enfoques deontológicos.
5 Sen dice que a pesar del ataque que Lionel Robbins dirigió contra las comparaciones interpersonales en la década de los treinta "estaba más interesado en mostrar que las comparaciones interpersonales no pueden hacerse 'científicamente', que en afirmar que tales comparaciones no tienen sentido por el hecho de ser comparaciones 'normativas' o éticas" [Sen 1987, 48-49].
6 En este ensayo no se expone la propuesta de Sen, tan sólo se presenta su crítica a la ética utilitarista y bienestarista.
7 RawIs tiene otras dos grandes divergencias con el utilitarismo: primera, en vez de la 'utilidad', propone como eje de valoración de las ventajas individuales a los 'bienes primarios', que para él son condiciones contextuales y medios necesarios para conformar una concepción del bien y buscar su realización. Con esta métrica, las personas poseen el" poder moral de tener una concepción del bien" y son" agentes racionales de construcción"; a diferencia del utilitarismo, Rawls piensa que los individuos son responsables de modificar y ajustar sus fines y preferencias una vez disponen de los bienes primarios. Segunda, el principio de diferencia se ocupa de la distribución de los bienes primarios mientras que el principio de maximización de la utilidad no se ocupa de la distribución del bienestar sino de su medición, sin importar cómo se distribuye. Rawls centra la atención en la suerte de los más desfavorecidos, a los que se debe asegurar la igualdad de oportunidades. Esta prioridad hace que su teoría sea intuitivamente más aceptable que el utilitarismo [Van Parijs 1993, cap. 3].
8 "Se puede considerar que, por sí mismo, el criterio paretiano sólo se refiere a un aspecto concreto del bienestar basado en la utilidad, a saber, una ordenación unánime de las utilidades individuales debe ser adecuada para la ordenación social global de los respectivos estados. De hecho, el empleo práctico del criterio de Pareto va más allá del bienestar basado en la utilidad y abarca también al consecuencialismo, ya que se requiere que todas las elecciones de acciones, instituciones, etc., satisfagan la optimalidad de Pareto, de forma que el censecuencialismo se exige de forma implícita, pero firme" [Sen 1989, 57]. 
9 "Un cambio implica una mejora Pareto si nadie se encuentra en peor situación y alguien se encuentra en mejor situación. El óptimo de Pareto sólo garantiza que no es posible realizar ningún cambio para que alguien se encuentre en mejor situación sin que nadie se encuentre en peor situación. Si la suerte de los pobres no puede mejorarse sin reducir la opulencia de los ricos, la situación será un óptimo de Pareto a pesar de la disparidad entre ricos y pobres" [Sen 1972,19-20]. 
10 "En la pequeña caja en la que se confinó a la economía del bienestar, donde la optimalidad de Pareto era el único criterio de valoración y el comportamiento egoísta la única base de elección económica, las posibilidades de decir algo interesante se hicieron extremadamente pequeñas. Una proposición importante en este reducido territorio es el dominado 'teorema fundamental de la economía del bienestar, que pone en relación los resultados de mercado en situación de competencia perfecta con la optimalidad de Pareto ... Éste es un resultado extraordinariamente elegante que proporciona una visión profunda sobre la naturaleza